A partir del 1 de junio de 2015, el CCOF exigirá que los huertos y otros cultivos ya no utilicen el pastoreo intensivo dentro de los 90 días siguientes a la cosecha de un cultivo en el que la parte comestible no toque el suelo o las partículas del suelo. Esta interpretación de las restricciones existentes sobre el estiércol crudo se está introduciendo gradualmente durante 2015 -con la expectativa de que los productores actualicen sus prácticas y planes de sistemas orgánicos antes del 1 de junio de 2015- para asegurar el cumplimiento durante el año de producción 2015 y más allá.
Esta política se refiere al pastoreo regular o planeado de animales, y no al estiércol accidental o incidental de eventos no planeados como mascotas o vida silvestre. CCOF está trabajando para equilibrar los sistemas de cultivo integrados con la sección 205.203(c) del Programa Orgánico Nacional (NOP) y las preocupaciones emergentes sobre seguridad alimentaria, consultas y otras comunicaciones que hemos recibido. Nos gustaría entender su situación específica, medidas de mitigación y perspectiva sobre estos requisitos. Por favor contacte a Jake Lewin, Presidente de Servicios de Certificación de CCOF, en jake@ccof.org para contarnos más.