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Requisitos para la importación de cereales, judías, semillas y azúcar

por Sarah Watters |

Todos los productos importados corren cierto riesgo de ser tratados en las fronteras y puertos de Estados Unidos. Algunos productos importados tienen un mayor riesgo de ser tratados a su entrada en Estados Unidos o un mayor riesgo de fraude. Actualmente, el CCOF considera de alto riesgo los siguientes productos: azúcar, granos, judías, semillas, maíz, soja, judías secas comestibles, lino, harina de girasol, trigo y sus derivados, importados de cualquier lugar fuera de Estados Unidos.  

El CCOF está aplicando medidas de control adicionales para las importaciones de alto riesgo. Para cualquier nuevo proveedor de productos de alto riesgo, los importadores deben proporcionar una pista de auditoría completa para el primer envío del nuevo proveedor en un plazo de dos semanas desde su llegada a los Estados Unidos. Los documentos deben identificar los productos como orgánicos y pueden incluir, entre otros, los siguientes:

  • Documentos de la cadena de custodia, incluidos el manifiesto de embarque, el informe del perito naval, el certificado de origen, el registro del importador y los conocimientos de embarque nacionales y del exportador.
  • Certificados fitosanitarios, documentos de despacho/entrada de la U.S. Customs and Border Protection (formularios CBP 7501 y 3461), certificado de inspección USDA APHIS y permiso de importación USDA.
  • Certificados de transacción y/o certificados de importación NOP para el envío; certificado orgánico para el último manipulador certificado que produjo, procesó o envasó el producto; y cualquier otro manipulador orgánico certificado conocido en la cadena de suministro.
  • Resultados de todas y cada una de las pruebas analíticas de residuos, OGM/IG, calidad u otras realizadas por cualquier persona de la cadena de suministro.
  • Conocimiento de embarque y factura(s) del último manipulador certificado de la cadena de suministro que haya producido, procesado o envasado el producto. Los documentos deben indicar el volumen recibido.

El CCOF considera importadores a los siguientes:

  • Cualquier operación que importe directamente productos o ingredientes en Estados Unidos, incluidas las importaciones en el extranjero o por tierra.
  • La primera operación en Estados Unidos que recibe o vende mercancías importadas si la operación compra a un importador certificado o no certificado de fuera de Estados Unidos.

Si usted es un importador certificado por el CCOF que recibe, compra, transborda o actúa como intermediario productos de alto riesgoAsegúrese de enviar una pista de auditoría completa del primer envío de cada nuevo proveedor a inbox@ccof.org. Si importa cualquier productos, asegúrese de mantener documentación de auditoría que demuestre que los productos no fueron tratados, ya que todos los productos importados tienen algún riesgo de tratamiento.