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Explotaciones agrarias - Cambios en la normativa orgánica del USDA sobre etiquetado no minorista, pista de auditoría y prevención del fraude

por Rebecca Silver |

Recientemente nos hemos puesto en contacto con todas las operaciones certificadas por el CCOF para facilitar información adicional relacionada con Refuerzo de la aplicación de la normativa orgánica (SOE) por el Programa Nacional Orgánico del USDA. La siguiente información es un resumen de la reciente comunicación de CCOF. Le informamos de estos cambios para asegurarnos de que está al tanto y puede actuar antes del 19 de marzo de 2024, si es necesario.

  1. Acción-Revise la documentación de su pista de auditoría. Estos elementos ya deberían formar parte de su pista de auditoría, pero revise su documentación para asegurarse de que la cumple.
    • a.    Nuevo requisitoTodos los registros y documentos de auditoría deben identificar los cultivos/productos como "100% Orgánico" u "Orgánico" o deben utilizar una abreviatura o acrónimo fácil de entender, como "100% OG", "Org", etc. § 205.103
    • b.    Nuevo requisitoLa documentación de la pista de auditoría debe ser trazable hasta la última operación certificada. § 205.103, 205.307
    • c.    Antecedentes-Los documentos de seguimiento de auditoría rastrean un cultivo/producto orgánico desde su producción (o compra/adquisición) hasta su venta o transporte a la siguiente operación certificada en la cadena de suministro. 
       
  2. Acción-Si tiene envases no destinados a la venta al por menor o productos sin envasar, revise su etiquetado no destinado a la venta al por menor. Envíe cualquier etiqueta nueva o actualizada al CCOF antes del 19 de marzo de 2024, para su aprobación previa antes de su impresión o uso. § 205.307
    • a.    Nuevo requisito-Los envases no destinados a la venta al por menor deben identificar el producto como orgánico (a menos que el envase contenga productos envasados para la venta al por menor con identificación orgánica visible a través del envase no destinado a la venta al por menor). 
    • b.    Nuevo requisito-Los contenedores no destinados a la venta al por menor deben mostrar el número de lote del producto, la identificación de envío u otra información exclusiva que vincule el contenedor con la documentación de la pista de auditoría.
    • c.    Fondo 
      • i. Un contenedor no destinado a la venta al por menor es cualquier contenedor utilizado para enviar o almacenar productos orgánicos que no se utiliza en la exposición o venta al por menor del producto. Ejemplos comunes de contenedores no destinados a la venta al por menor son las cajas de productos agrícolas enviadas a distribuidores o minoristas, los contenedores enviados a envasadores o procesadores, las cajas de productos envasados al por mayor, los vagones/remolques/cisternas/buques utilizados para transportar productos a granel sin envasar y los elevadores de grano/silos para el almacenamiento de productos sin envasar. 
      • ii. La señalización temporal y las abreviaturas como "O", "ORG", etc., pueden utilizarse para cumplir estos requisitos. Este cambio se aplica a los contenedores no destinados a la venta al por menor que circulan por la cadena de suministro. 
      • iii. No es necesario que los vehículos o buques que transporten otros contenedores no destinados a la venta al por menor lleven también una etiqueta con la información mencionada anteriormente; los contenedores no destinados a la venta al por menor deben llevar esta información (por ejemplo, cajas etiquetadas dentro de un remolque, pero no es necesario que el remolque lleve una etiqueta).
  3. Acción-Si su operación se abastece de productos orgánicos o envía productos orgánicos a otras operaciones para su almacenamiento, manejo o procesamiento antes de la venta a su cliente, revise su Plan de Sistema Orgánico (PSO) y consulte la versión actualizada del Manual de CCOF. Formulario OSP G8.0. Si necesita realizar cambios en su PSO para reflejar las prácticas de prevención del fraude, envíenos el formulario G8.0 actualizado o una descripción de su plan de prevención del fraude antes del 19 de marzo de 2024. § 205.201
    • a.    Nuevo requisito-La actualización de la norma Strengthening Organic Enforcement ha añadido el requisito de que las operaciones certificadas creen y mantengan un plan de prevención del fraude en su PSO. Actividades como el abastecimiento de productos orgánicos o el envío de productos orgánicos a otras operaciones para su almacenamiento, manejo o procesamiento antes de la venta a su cliente requieren medidas para prevenir el fraude o la representación accidental de productos no orgánicos como orgánicos. 
    • b.    Fondo
      • i. Su PSO debe reflejar las prácticas y procedimientos que utiliza para verificar la condición orgánica del producto o productos; la escala de este plan de prevención del fraude debe reflejar la complejidad de sus actividades. 
      • ii. Varias partes de su PSO pueden describir ya prácticas de prevención del fraude (por ejemplo, cómo controla los certificados y la condición orgánica de los productos procedentes de o enviados a otras operaciones). 
      • iii. Hemos actualizado el formulario de mantenimiento de registros OSP G8.0 para incluir una nueva sección consolidada sobre prevención del fraude. Si su OSP necesita actualizarse para reflejar las prácticas que utiliza para la supervisión de certificados y la prevención del fraude, puede completar este formulario o enviar una descripción de su plan de prevención del fraude.  

Estos recordatorios aparecerán en su próximo Informe de Cumplimiento y se verificarán en su próxima inspección.
Para más información, consulte la página del Programa Nacional Orgánico del USDA Refuerzo de la aplicación de la normativa orgánica así como Página web del SOE de CCOF. Estamos continuamente desarrollando nuevos recursos para apoyarle. Apreciamos su participación en el Programa de Certificación Orgánica de CCOF y su dedicación a la agricultura orgánica.
 

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