En la actualidad, el nitrato de sodio (chileno) sólo puede utilizarse siempre que no supere 20% de las necesidades totales de nitrógeno del cultivo. Está previsto que este material desaparezca de la lista de materiales naturales prohibidos en octubre. El Consejo Nacional de Normas Orgánicas ha recomendado que vuelva a incluirse en la lista de materiales completamente prohibidos; sin embargo, aún no se ha producido la propuesta de reglamentación, lo que significa que la reglamentación definitiva no se logrará antes de la fecha límite de octubre. El material saldrá entonces de la lista y se permitirá sin una restricción específica de cantidad. El NOP publicó el Aviso 12-1 el 11 de septiembre de 2012 para explicar cómo deben proceder las operaciones que utilizan nitrato de sodio. Si bien el nitrato de sodio estará permitido en la producción de cultivos orgánicos después del 21 de octubre de 2012, el NOP ha recordado a las operaciones que aún deben cumplir con los requisitos para mantener o mejorar los recursos naturales de la operación (NOP 205.200) y cumplir con los requisitos de cultivos y nutrientes y fertilidad del suelo (NOP 205.203). Si planea usar nitrato de sodio después del 21 de octubre de 2012, en cantidades mayores a 20% de las necesidades totales de nitrógeno de los cultivos, necesitará actualizar su Plan de Sistema Orgánico para describir cómo cumple con los otros requerimientos de suelo y nutrientes del NOP. Por favor póngase en contacto con el Departamento de Cultivos del CCOF si tiene preguntas.