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El USDA ultima las normas de etiquetado de OMG

por Jane Sooby |

El USDA publicó en diciembre su norma final para el etiquetado de alimentos modificados genéticamente (MG), dos años y medio después de que el Congreso aprobara una ley federal de etiquetado.

En una victoria significativa para los productos orgánicos, todos los productos orgánicos certificados, incluidas las categorías de etiquetado "100% Organic", "Organic" y "Made with Organic" están exentos del requisito de etiquetado. La exención no se aplica a los productos con menos del 70% de ingredientes orgánicos.

Los fabricantes de alimentos muy pequeños, los restaurantes y los minoristas que preparan los alimentos in situ también están exentos de la norma de etiquetado. A efectos de esta norma, el USDA define a un fabricante de alimentos muy pequeño como aquel cuyos ingresos anuales son inferiores a $2,5 millones.

La norma sobre etiquetado de productos modificados genéticamente adopta la definición de "alimento" de la FDA, por lo que no se aplica a los piensos modificados genéticamente para animales de compañía, aves de corral o ganado; sin embargo, el chicle sí entra dentro de la definición de alimento, al igual que los productos crudos, el marisco, los suplementos dietéticos y la mayoría de los alimentos preparados, como panes, cereales, alimentos enlatados y congelados no cárnicos, aperitivos, postres y bebidas.

Un aspecto controvertido de la nueva norma es la exención de los productos altamente refinados -como los azúcares, el jarabe de maíz de alta fructosa y muchos aceites- si no quedan restos de material genético en el producto tras el proceso de refinado, aunque proceda de cultivos modificados genéticamente.

Otra controversia es la autorización por parte del USDA de los códigos electrónicos escaneables como etiquetas adecuadas en los alimentos modificados genéticamente. El USDA reconoce que no todos los consumidores tienen acceso a la tecnología necesaria para leer estos códigos y exige que los códigos escaneables vayan acompañados de un número de teléfono disponible las 24 horas del día al que los consumidores puedan llamar para acceder a la misma información que se incluye en la etiqueta escaneable. 

El USDA eligió la palabra "bioingeniería" para la nueva etiqueta, aunque los términos "modificado genéticamente" y "organismo modificado genéticamente (OMG)" son de uso común y los consumidores los entienden mejor que "bioingeniería". El nuevo símbolo de "bioingeniería" incluye la palabra "bioingeniería" para ayudar a los consumidores a entender lo que significa el símbolo.

El USDA mantendrá una lista de alimentos modificados genéticamente que deben etiquetarse, basada en los cultivos modificados genéticamente producidos comercialmente en el comercio mundial. Actualmente figuran en la lista los siguientes alimentos: alfalfa, manzana (variedades Arctic™), colza, maíz, algodón, berenjena (variedades BARI Bt Begun), papaya (variedades resistentes al virus de las manchas anulares), piña (pulpa rosa), patata, salmón (AquAdvantage®), soja, calabaza (de verano) y remolacha azucarera.

La norma sobre etiquetado transgénico establece un umbral de 5% para tener en cuenta la presencia inadvertida de material transgénico. Esta cifra es muy superior al umbral de 0,9% utilizado habitualmente en el comercio internacional.

Las empresas que estarán reguladas por la nueva norma son los fabricantes de alimentos, los importadores y los minoristas. Los minoristas son responsables de etiquetar los contenedores a granel que contengan alimentos sujetos a divulgación.

La fecha de aplicación de la norma es el 1 de enero de 2020 para las entidades reguladas distintas de los pequeños fabricantes de alimentos, que deberán aplicarla antes del 1 de enero de 2021. La norma establece el 1 de enero de 2022 como fecha de cumplimiento obligatorio para todas las operaciones reguladas.

La norma completa está disponible en línea.

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