El Programa Nacional Orgánico (NOP) ha publicado una nueva Pregunta Frecuente (FAQ) para los importadores estadounidenses sobre la Fortalecimiento de la regulación orgánica página web. Esta FAQ describe las responsabilidades y opciones de los importadores estadounidenses cuando un envío orgánico llega sin un Certificado de Importación NOP válido.
Pasos para los importadores certificados por el CCOF
Si usted es un importador certificado CCOF y ha recibido una importación orgánica sin un Certificado de Importación NOP válido, envíe la siguiente información a inbox@ccof.org:
- Nombre del exportador y certificador
- Información sobre el envío (Producto, Lote #, Fecha de envío)
- Pruebas de que el producto no se vendió, etiquetados o representados como orgánicos en el mercado estadounidense.
- Reacondicionar: Fotos del proceso, estado final del producto y copias de las facturas.
- Reexportación: CBP 7512, Confirmación de reserva de exportación
- Donar: Documentación sobre donaciones
- Destrucción: Certificado de destrucción CBP
A continuación se reproduce el texto completo de las FAQ de NOP. Puede consultar otras FAQ aquí.
NOP FAQ: Opciones para las importaciones orgánicas que llegan sin un certificado de importación NOP válido
P 23: ¿Cuáles son las opciones para las importaciones orgánicas que llegan sin un Certificado de Importación NOP válido?
Los productos importados etiquetados como orgánicos pero que llegan sin un Certificado de Importación NOP válido no cumplen con la normativa orgánica del USDA. Estos productos no debe venderse, etiquetarse o representarse como orgánicos en el mercado estadounidense. Los importadores de estos productos pueden tomar las siguientes medidas:
Reacondicionamiento:
El reacondicionamiento se refiere al proceso de modificar el envase del producto para eliminar todas las referencias a "orgánico" que están reguladas por las normas orgánicas del USDA, lo que permite venderlo como convencional en el mercado estadounidense. Todos los pasos dados para reacondicionar los productos son responsabilidad del importador y deben seguir este proceso:
- El agente de aduanas archivará la entrada como producto convencional, utilizando el código de reacondicionamiento 010-420-L en el conjunto de mensajes ACE OR 2. El importador deberá proporcionar al agente de aduanas una nueva factura (refacturada) en la que conste que el producto es convencional. El importador tendrá que proporcionar al agente de aduanas una nueva factura (refacturada) en la que conste que el producto es convencional.
- El importador del envío debe notificar al certificador de este envío, así como al certificador del importador, que el producto está siendo reacondicionado.
- El producto debe llevarse a un lugar externo elegido por el importador. En este lugar, todas las marcas orgánicas del envío deben ser eliminadas por completo u ocultadas por completo, incluyendo todo el embalaje y etiquetado del producto. Esto incluye, pero no se limita a: embalaje exterior, embalaje interior, etiquetado individual y cualquier referencia/reivindicación de condición orgánica.
- Debe conservarse la documentación que demuestre que el reacondicionamiento se ha completado en su totalidad, incluidas fotografías del proceso, el estado final del producto y la nueva factura. La documentación deberá enviarse electrónicamente al certificador del importador y, cuando se solicite, al USDA.
- Si en algún momento, durante una auditoría o inspección del USDA por parte del certificador del importador, se descubre que el producto ha sido vendido como orgánico a nivel mayorista o minorista y no ha sido totalmente reacondicionado, el importador sería considerado responsable y sujeto a acciones adversas, así como a violaciones de los derechos de propiedad intelectual por la declaración orgánica fraudulenta/uso del sello USDA Organic.
Reexportación:
Para los importadores que decidan reexportar un embarque de productos etiquetados como orgánicos que llega sin un Certificado de Importación NOP válido, el importador debe retener una copia del formulario CBP 7512, y la Confirmación de Reservación de Exportación, para ser proporcionada al certificador del importador y al USDA a solicitud. El agente aduanal aún deberá utilizar el código de reacondicionamiento 010-420-L dentro del conjunto de mensajes ACE OR 2.
Donaciones:
Un importador puede optar por donar un envío de productos importados etiquetados como orgánicos pero que llegan sin un Certificado de Importación NOP válido. El importador debe proporcionar documentación de que el envío fue donado a una organización benéfica, sin fines de lucro u otra entidad similar a la certificadora del importador. El importador debe conservar la documentación en formato electrónico y facilitarla al USDA cuando éste la solicite. El agente de aduanas deberá seguir utilizando el código de reacondicionamiento 010-420-L dentro del conjunto de mensajes ACE OR 2.
Destrucción:
Los importadores pueden optar por destruir también el envío no orgánico. Se debe proporcionar un Certificado de Destrucción oficial del CBP al certificador del importador. El importador debe mantener el certificado en formato electrónico y proporcionarlo al USDA cuando éste lo solicite. El agente de aduanas deberá seguir utilizando el código de reacondicionamiento 010-420-L dentro del conjunto de mensajes ACE OR 2.