La Ley de Producción de Alimentos Ecológicos creó la Lista Nacional de Sustancias Permitidas y Prohibidas (Lista Nacional) como herramienta para gestionar las sustancias utilizadas en la producción orgánica a lo largo del tiempo. En general, las sustancias naturales están permitidas en la producción orgánica, y las sustancias sintéticas están prohibidas. La Lista Nacional indica las excepciones limitadas a estas normas generales. La Lista Nacional también identifica sustancias agrícolas no agrícolas y no orgánicas (ingredientes) que pueden utilizarse en el manejo orgánico. Los cambios en la Lista Nacional requieren una recomendación de la Junta Nacional de Normas Orgánicas (NOSB) y la reglamentación del USDA, un proceso que ofrece múltiples oportunidades para el comentario público.
El USDA ha publicado hoy en el Registro Federal una norma final que modifica la Lista Nacional basándose en las aportaciones del público y en las recomendaciones del NOSB de abril de 2019. Esta regla final proporciona opciones adicionales para las granjas y empresas orgánicas mediante la adición de tres sustancias a la lista de sustancias permitidas para la producción orgánica y el manejo.
La norma final permite
- Ácido oxálico como plaguicida en apicultura
- Pullulan no orgánico para su uso en complementos alimenticios con declaraciones "elaborado con productos orgánicos" (cápsulas y comprimidos)
- Gel de colágeno como tripa para productos orgánicos como salchichas
Esta norma final entrará en vigor el 26 de julio de 2021. Norma definitiva.
Acerca de la Lista Nacional
Encontrará más información sobre la Lista Nacional, incluido cómo y por qué se añaden o eliminan sustancias, en la página de la Lista Nacional.
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Esta información se publicó originalmente en el boletín USDA-AMS the Organic Insider 25 de junio de 2021.