Se requiere una enmienda a un registro existente cuando una operación tiene uno o más de los siguientes cambios en su registro:
- Adición de nuevas instalaciones o lugares de cultivo en California
- Cambio de propiedad
- Adición de superficie de producción
- Un cambio/adición del/de los tipo(s) de operación.
Un registrante deberá notificar al Departamento de cualquier cambio en la información incluida en el formulario de registro dentro de los 14 días o antes de la venta del producto adicional. Las instrucciones sobre cómo modificar su registro con el SOP (CDFA o CDPH) están disponibles aquí.