Los cultivadores cuyas semillas o material de plantación sean determinados por un tercero deben poder demostrar que el tercero cumple, en nombre del cultivador, con el requisito de disponibilidad comercial de semillas o material de plantación. CCOF debe poder verificar que se realizó una búsqueda de disponibilidad comercial para todas las semillas no orgánicas o material de plantación. Si un comprador, distribuidor de semillas u otro tercero le proporciona semillas no orgánicas o material de plantación, debe obtener documentación del tercero que demuestre que se realizó una búsqueda adecuada de semillas orgánicas o material de plantación. Ejemplos de esta documentación incluyen registros de llamadas, catálogos de semillas, registros o ensayos de variedades orgánicas, o declaraciones de proveedores de semillas. Su inspector le pedirá esta información en todas las inspecciones.
¿Qué sucede si otra persona me proporciona semillas o material de plantación?
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